Cuadernos de Medicina Forense
31 PROTOCOLO DE ESTAMBUL Morentin B, et al. CUADERNOS DE MEDICINA FORENSE AS O C I AC I Ó N D E M É D I C O S FO R E N S ES D E A N DA LU C Í A S O C I E DA D A N DA LU Z A D E M E D I C I N A L EG A L Y C I E N C I AS FO R E N S ES ( A M FA- SA M E LC I F ) Cuad Med Forense. 2023; 26(1):29- 39 2. PRINCIPIOS GENERALES DEL PRO- TOCOLO DE ESTAMBUL La primera versión del Protocolo se remonta al año 1999. En 2001 fue incluido en la Serie de Formación Profesional de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y en 2004 se elaboró una primera actualización. El PE contiene recomen- daciones para profesionales de distintas disci- plinas, incluyendo operadores jurídicos, exper- tos en derechos humanos, médicos y psicólogos. Además, se utiliza como guía de referencia para medir la eficacia de las investigaciones por par- te de los organismos de Naciones Unidas y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La nueva versión se ha reforzado doctrinalmen- te para evitar su uso inadecuado con interpre- taciones inexactas de sus principios esenciales e impedir que su aplicación sea contraria a los derechos de las víctimas. Una de las principales preocupaciones es impedir que las denuncias de tortura o malos tratos sean archivadas ba- sándose exclusivamente en la ausencia de ha- llazgos físicos positivos. El PE-2022 contiene 8 capítulos y 4 anexos. La versión actual es más extensa y compleja que la anterior, llegando casi a triplicar su volumen de páginas. Esta ampliación ha afectado prin- cipalmente a los contenidos jurídicos mientras que los aspectos relativos a la peritación mé- dica y psicológica han sufrido menos cambios. Además, el PE-2022 agrega dos nuevos capítu- los: el VII y el VIII. 2.1. Capítulos del PE-2022 con menor interés para las peritaciones forenses Los capítulos que contienen la información esencial para la peritación forense - y van a ser abordados de manera más extensa– son el IV, el V y el VI, y el anexo 4. El capítulo I se denomina “Normas y estándares legales internacionales pertinentes para hacer frente a la tortura y los malos tratos”. Es de inte- rés para los juristas y aborda de manera detalla- da las normas y estándares de Naciones Unidas, las peculiaridades de los sistemas regionales de derechos humanos, los principios básicos del derecho internacional humanitario y la justi- cia penal internacional. El capítulo II tiene como título “Códigos éticos pertinentes”. Se trata de un capítulo dirigido a los profesionales de la salud y del derecho. En- tre los principios éticos se incluyen el de be- neficencia y no maleficencia, el consentimiento informado acorde a la persona y a la situación, la privacidad del examen médico y la confiden- cialidad del contenido del informe. Este capítulo también aborda los principios y los dilemas que existen entre los profesionales de la salud con obligaciones en conflicto (doble lealtad) subra- yando que la obligación primordial para ellos es defender el interés superior de la víctima. El capítulo III, “Investigación legal de tortura y malos tratos”, está dirigido a los operadores ju- rídicos, instituciones nacionales de derechos hu- manos y profesionales de la salud. Incluye los requisitos elementales para una investigación jurídica independiente, rápida y eficaz de las de- nuncias de tortura. Así mismo, aporta información referente a la seguridad de la víctima. En un apar- tado desarrolla recomendaciones para las visitas de monitoreo a los centros de privación de liber- tad, con referencia expresa a la labor del médico. En el capítulo VII se aborda el papel de los pro- fesionales de la salud en la documentación de la tortura en contextos no forenses (inmigración, centros de rehabilitación y tratamiento para víc- timas de tortura, investigaciones de ONG, insti- tuciones psiquiátricas y sociales, etc.). En el ca- pítulo VIII se proponen recomendaciones para la implementación del Protocolo. Se dispone que los Estados deben garantizar políticas y prác- ticas efectivas, incluyendo una correcta capa- citación, para la investigación cualificada de la tortura por parte de todos los profesionales. 2.2. Capítulo IV. Consideraciones generales relativas a las entrevistas Es un capítulo esencial en la peritación foren- se. En la nueva versión se ha reorganizado en 4 apartados. En el primero se aportan recomenda- ciones generales sobre la finalidad del examen, las obligaciones éticas y las condiciones nece- sarias para crear una buena relación de con- fianza minimizando el riesgo de retraumatiza- ción. También se ofrecen pautas concretas para colectivos vulnerables y el uso de intérpretes. El Protocolo aconseja que la persona detenida tenga derecho a un examen independiente por profesionales de su confianza.
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