Carta al director

Réplica

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Cuad Med Forense. 2005; 11(42):260

Sr. Director:

En relación con la Carta al Director remitida por A. Ortega en la que hace referencia al artículo que publicamos en el anterior número de esta revista [1] «Valoración médico forense del esguince cervical», queremos hacer los siguientes comentarios.

El motivo de clasificar el daño permanente, o Secuelas de acuerdo al Baremo vigente, se debe en primer lugar a que es el sistema de clasificación vigente pero además, al ser un trabajo realizado entre diversos forenses de localidades diferentes, es la manera más práctica de poder unificar los criterios. En el mismo sentido, el estudio se limita al esguince no complicado, descartando así la mayoría de casos más graves, porque éstos suelen acompañarse de otras lesiones que pueden solapar la valoración del esguince por sí mismo. Además, facilita igualmente la unificación de criterios, tan necesaria al ser varios los forenses participantes.

Por lo demás, mostramos un completo acuerdo sobre la importancia de la exploración clínica en el seguimiento pericial del esguince cervical. Independientemente de que exista un abuso generalizado que puede interferir en el examen clínico, en la valoración integral del esguince cervical, además de los antecedentes acreditados o pruebas de imagen, la exploración clínica ocupa un lugar primordial. Es posible que la rutina, junto a otros factores que sería largo exponer, dificulten que estas exploraciones se hagan siempre de forma sistemática y meticulosa, pero indudablemente serían el mejor camino para acercarnos a la valoración de esta patología de por sí tan incierta. En este sentido, es de destacar la importancia de cuantas aportaciones se hagan como la propuesta «hoja de recogida de datos para la valoración del paciente con síndrome del latigazo cervical» realizada por el Dr. Ortega en otro número de esta Revista [2]. Por nuestra parte, es una temática en la que en estos momentos estamos trabajando.

En cualquier caso, son apreciaciones de gran interés las formuladas en la amable Carta. Es de esperar que otros estudios aborden también esos aspectos.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. E. Dorado et al. Valoración médico-forense del esguince cervical. Cuad Med Forense 2005;41(11):203-219.
  2. A. Ortega. Revisión crítica sobre el síndrome de latigazo cervical (II): ¿Cuánto tiempo tardará en curar?. Cuad Med Forense 2003;34:15-27.

Correspondiente:
Enrique Dorado et al.
Médico Forense
Alcalá de Henares (Madrid)
E-mail: e_dorado@hotmail.com