Bibliofilia Médicolegal

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Alfonso Galnares Ysern

Académico Numerario de la Real Academia de Medicina de Sevilla

Cuad Med Forense. 2007; 13(48-49):201-202

Los avances en Medicina Legal permiten que un texto del año 1955 se parezca más a los del siglo anterior que a las últimas publicaciones en razón de lo cual se explica que el libro de Albert Ponsold se incluya en esta sección de la revista. El libro no solo está escrito por el Profesor de Münster, sino que también escriben en él autores alemanes de reconocida especialización en cada uno de los temas a tratar, destacando también la labor de Sales Vázquez, en aquella época catedrático de Medicina Legal de Barcelona, quien tradujo el libro y quien además expresó en notas a pie de página las diferencias de legislación entre Alemania y España muy especialmente en temas en los que por otras muchas razones no podía estar conforme como la eutanasia, el aborto y el suicidio.

El traductor da cuenta en una advertencia inicial que el libro puede ser consultado tanto por alumnos de Medicina Legal como de Derecho Penal, lo que explica que su contenido sea más didáctico que profundizador y que contenga gráficas más demostrativas que imágenes fotográficas de buena calidad. Quizá esta intencionalidad del autor, de difícil cumplimiento ha dado lugar a que la lectura de sus páginas nos haga a veces ver que más que un libro de Medicina Legal pueda considerarse como un texto de Derecho Médico y que en ambos casos el tratamiento de cada uno de los temas diste mucho de haberse realizado con exhaustividad.

En razón de lo anterior vemos que a los temas clásicos de Medicina Legal, como las asfixias (deteniéndose en las bases fisiopatológicas que en los aspectos propiamente medicolegales) las heridas y los traumatismos cerrados (que en esta obra se denominan obtusos), las lesiones por arma de fuego, la muerte por electricidad, la sexología (aquí llamados delitos contra la moral), la toxicología (con una parte especial que contiene las inevitables citas propias de la época sobre el arsénico, el cianhídico y el talio en perjuicio de mayores detalles sobre la intoxicación etílica y oxicarbonada) el estudio de las manchas de sangre y esperma y el infanticidio, sean tratados cada uno en un número muy escaso de páginas, mientras que se le dedican espacios mayores a los deberes del médico de aceptación de enfermos y de protección de su vida (con indicaciones sobre la eutanasia y el aborto) de la autodeterminación del enfermo y del derecho de información o de renuncia a ella (conceptos entonces muy avanzados), de los errores en la práctica médica, de la obligación de investigar, del secreto profesional, de la reglamentación de la profesión, del certificado médico y de la medicina de la Seguridad Social.

En el mismo orden de cosas está el hecho de que la Psiquiatría Legal trata de las enfermedades en solo trece páginas, mientras que en más de diez veces su número se explica con detalle la responsabilidad penal de los enfermos mentales, el ingreso sanatorial, la tutela, la capacidad civil, el derecho al divorcio, la responsabilidad penal de los psicópatas y la aplicabilidad de la legislación a estos mismos.