Bibliofilia Médicolegal

Bibliofilia Médicolegal

PDF

Alfonso Galnares Ysern

Académico Numerario de la Real Academia de Medicina de Sevilla

Cuad Med Forense. 2007; 13(50):291-292

En el tomo de la Biblioteca consultiva del médico práctico dedicado a HIPNOTISMO Y SUGESTION, cuyo autor es el profesor de Barcelona Bertrán y Rubio tiene su capítulo VII dedicado a sus APLICACIONES A LA MEDICINA LEGAL. El libro está editado en forma de breviario por Espasa y Ca, sin conocerse la fecha sino solamente el último año que aparece en su bibliografía final, aquí llamada espécimen bibliográfico, que es el 1894, lo que juntamente con la mención en sus páginas del hecho de la aparición del interés por este tema fuera de la Salpetríere, hasta entonces feudo de Charcot y el costumbrismo que puede deducirse de la observación de las diez láminas que figuran al final del libro, todo lo cual lo sitúa en las postrimerías del Siglo XIX.

En el libro se hace una destacada referencia al Congreso de Hipnotismo celebrado con inmediata anterioridad a su publicación, reunión en la que quedó establecido el límite entre los grupos que consideraban importante la delitología hipnótica (hasta el punto de pensarse que el hipnotismo era un peligro social) y otros que la estimaban irrelevante. De mayor interés en este campo es considerar por separado los delitos cometidos por el hipnotizador y los sufridos por el hipnotizado, siendo notoria la mayor proporción de la intervención del hipnotismo en la víctima que en el agente, siendo punto que desde el principio acaparó la mayor atención el de los atentados al pudor y sobretodo el de la violación (que fue considerada por Gilles de la Tourette como «el verdadero crimen inherente al hipnotismo y estados análogos») sobre los que el autor hace mención a que nunca se han conocido casos en la hipnoterapia, a que en la mayoría de los casos no es posible que el hecho acontezca en contra de la voluntad de la mujer (salvo en casos de letargia o se actúe sobre zonas hipnógenas o que el delincuente se aproveche de una crisis histérica).

Se hace referencia también en el texto a otros atentados sobre una persona hipnotizada, pueden se heridas, mutilaciones, provocación de aborto y asesinato, aunque reconociendo el autor que los delincuentes los practicarían rarísimas veces por desconocimiento del hipnotismo y por no darles garantías para su impunidad. Otros más serían las falsificaciones de firmas, de los que se dice que son delitos difícilmente llevados a cabo y que el hipnotizado puede recordarlos por lo que Berheim denominó «memoria de los hipnotizados». Y otros son los raptos y secuestros que el autor sitúa en la India siendo de una extraordinaria excepcionalidad en Europa y América.

La sola publicación de estos datos le da valor al libro por hacer señalamientos ya en su época de las lagunas de credibilidad en materia de hipnosis, valor que queda ampliado al detenerse también en la posibilidad de sugestiones posthipnóticas en la que el agente es el hipnotizado, tan prolongadas como para crear parejas de criminales y asimismo de modo muy destacado el papel de los procedimientos hipnológicos en la actividad medicoforense adaptándose al Código Penal de 1890.